Obispos españoles no desean mirar al pasado
Conferencia Episcopal, diócesis, órdenes y congregaciones religiosas consultadas por el diario "EL PAÍS" aseguran que no tienen previsto recabar información sobre los casos de pederastia que han conocido o instruido en las últimas décadas. Solo la Compañía de Jesús se aparta de este criterio.
Los obispos de Francia, después de haberse reunido con algunas víctimas, acordaron el pasado 7 de noviembre crear una comisión independiente formada por historiadores, jueces, expertos en educación infantil, sociólogos y canonistas para investigar los casos de abusos sexuales a menores desde 1950. Antes de dos años, según el compromiso adquirido, harán público un informe con las conclusiones de dichos trabajos. La iglesia alemana ya hizo ese trabajo y entregará al Papa Francisco un documento en el que detallan los 3.677 casos de abusos infantiles registrados desde 1947.
En España, la Conferencia Episcopal se niega de momento a revisar su pasado y encargar una investigación sobre los casos registrados en las últimas décadas. El diario "EL PAÍS" ha preguntado en varias ocasiones a la cúpula eclesiástica española si iba a recabar información para elaborar un estudio similar al de Alemania. Esta fue su respuesta: “Se seguirán las indicaciones marco del directorio de la Santa Sede, como se indica en la nota de prensa del 16 de octubre de 2018”. En esa nota solo se alude a la creación de una comisión reservada “que tendrá, en primera instancia, un cariz fundamentalmente jurídico”, encargada de “actualizar los protocolos de actuación de la Iglesia y redactar una nueva normativa para la prevención y protección de abusos sexuales de menores”.
Entre los expertos que integran esa comisión no se encuentra ninguna víctima ni ningún experto sobre abusos sexuales a menores. El anuncio de la Conferencia Episcopal llegó después de que este periódico publicará que la Iglesia española ha silenciado durante décadas los casos de pederastia que ha conocido o juzgado en sus tribunales eclesiásticos.
Un Iglesia de espalda a la realidad???
En España, con 23.000 parroquias y 18.000 sacerdotes en la actualidad, tan solo ha sido posible conocer los abusos sexuales en la Iglesia a través de las denuncias que algunas víctimas presentaron ante las autoridades civiles. En los últimos 30 años hay registradas al menos 33 condenas a sacerdotes en causas abiertas por abusos a menores de edad con penas que van desde una simple multa económica a 21 años de prisión.
200 denuncias
En el último mes, el diario "EL PAÍS" ha recibido más de 200 correos electrónicos con el relato de supuestas víctimas sobre los abusos que sufrieron a manos de curas o religiosos. La inmensa mayoría de estas denuncias hacían referencia a casos de abusos registrados en colegios religiosos dependientes de las principales congregaciones y órdenes religiosas que existen en España. Las historias recibidas datan desde los años cuarenta hasta los noventa.
La mayor parte de estos delitos, en el caso de haberse producido, ya habrían prescrito y muchos de los sacerdotes acusados han fallecido. En España el tiempo de prescripción por abusos sexuales a menores es de 15 años después de que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. El Gobierno ha anunciado una reforma legal para que estos delitos no prescriban nunca.
Pese a la llamada del Papa a una cumbre en Roma para tratar sobre la pederastia en la Iglesia, las autoridades españolas se resisten de momento a encargar un informe sobre la magnitud del problema o a elaborar un estudio conjunto (como se ha hecho en Irlanda) con una comisión de investigación independiente que esclarezca estos hechos, reconozca a las víctimas y repare el daño causado.
En el último mes, el diario "EL PAÍS" ha recibido más de 200 correos electrónicos con el relato de supuestas víctimas sobre los abusos que sufrieron a manos de curas o religiosos. La inmensa mayoría de estas denuncias hacían referencia a casos de abusos registrados en colegios religiosos dependientes de las principales congregaciones y órdenes religiosas que existen en España. Las historias recibidas datan desde los años cuarenta hasta los noventa.
La mayor parte de estos delitos, en el caso de haberse producido, ya habrían prescrito y muchos de los sacerdotes acusados han fallecido. En España el tiempo de prescripción por abusos sexuales a menores es de 15 años después de que la víctima haya cumplido la mayoría de edad. El Gobierno ha anunciado una reforma legal para que estos delitos no prescriban nunca.
Pese a la llamada del Papa a una cumbre en Roma para tratar sobre la pederastia en la Iglesia, las autoridades españolas se resisten de momento a encargar un informe sobre la magnitud del problema o a elaborar un estudio conjunto (como se ha hecho en Irlanda) con una comisión de investigación independiente que esclarezca estos hechos, reconozca a las víctimas y repare el daño causado.
Los abusos sexuales son la piedra de tropiezo de la Iglesia
La congregación de los Legionarios de Cristo (quienes han tenido un gran escándalo con el fundador y en Chile con el cura irlandés John O'Reilly, expulsado de este país) ha explicado al diario "EL PAÍS" que recabar información sobre los casos de pederastia es una tarea que tienen “pendiente” y “encima de la mesa” junto con otros temas a tratar en un futuro. “No tenemos constancia de casos ni vamos a hacer ningún estudio”, explican desde Hermanos La Salle. Esta orden ha subrayado que no disponen de datos que señalen casos de pederastia en el pasado, solo de los últimos años, como el del religioso Pedro Ramos del colegio Maravillas de Madrid, que la semana pasada fue condenado a 130 años de cárcel.
“Ninguna directriz”
Desde la Confederación Española de Religiosos (CONFER) explican que no han trasladado a las órdenes y congregaciones ninguna directriz o consigna para realizar dichas investigaciones y que si algunas lo están haciendo “es porque ven que es algo que hay que hacer”. El resto de órdenes consultadas no contestaron a la pregunta sobre si iban a realizar o tenían prevista una investigación interna sobre los casos de pederastia que han conocido o instruido en sus tribunales eclesiásticos en las últimas décadas.
En cuanto a la actualización de los protocolos que está llevando a cabo la comisión reservada de la Conferencia Episcopal Española, la CONFER ha matizado que la nueva norma estará destinada a las diócesis (existen 70 en España) y no para las congregaciones religiosas.
En caso de que se presente a la aprobación del Vaticano y este acepte el nuevo protocolo, según la CONFER, “entonces será de obligado cumplimiento para toda la Iglesia en España”. Según fuentes de la Conferencia de Religiosos, el proceso de la actualización de los protocolos está comenzando y ese asunto aún no se ha definido. “El que alcance o no a los religiosos depende de la vía que se adopte”, matiza dichas fuentes.
El Papa Francisco solo ha convocado para la cumbre sobre pederastia que se celebrará dentro de tres meses en Roma a los presidentes de las conferencias episcopales de todo el mundo. Los representantes de las congregaciones no estarán presentes, aunque los acuerdos que se puedan alcanzar les afectarán directamente si así lo decide el Vaticano.
Un problema, ocho Protocolos distintosConferencia Episcopal (2010): "La Autoridad eclesiástica invita o aconseja, en un primer momento, a los denunciantes a presentar ellos mismos la denuncia ante la policía, el ministerio fiscal o el juzgado de instrucción, conforme exige la ley en este tipo de delitos”.
Congregación para la Doctrina de la Fe (2011). “El abuso sexual de menores no es solo un delito canónico, sino también un crimen perseguido por la autoridad civil (...) Al recibir las denuncias de posibles casos de abuso sexual de menores, los obispos deberán asegurar que sean tratados según la disciplina canónica y civil respetando los derechos de todas las partes. Las líneas guía deben tener en cuenta la legislación del Estado en el que la conferencia episcopal se encuentra, en particular en lo que se refiere a la eventual obligación de dar aviso a las autoridades civiles”.
Compañía de Jesús (2011): “El provincial o su delegado, incluso por escrito, informa en todo caso a los denunciantes y a la familia de su derecho a denunciar ante las autoridades estatales e incluso los invita a hacerlo si los hechos denunciados son graves y mínimamente verosímiles Si la familia duda o se niega a dar ese paso por razones fundadas que busquen evitar más daño a la misma, el Provincial pedirá a la familia que le manifieste las razones por escrito. Si juzga que no existen razones, y la denuncia no se presenta, el Provincial o su delegado pondrá en conocimiento del fiscal competente los hechos de los que ha sido informado”.
Opus Dei (2013): “Si en las investigaciones preliminares se concluye que las acusaciones son verosímiles y que hay razones para pensar que se ha cometido un delito, el Vicario se cerciorará de que las acusaciones sean notificadas a las autoridades civiles”.
Claretianos: “Si del procedimiento se desprendiera la existencia de posibles infracciones, administrativas o penales, se pondrán en conocimiento de las autoridades competentes, especialmente en el segundo caso, en el del ministerio fiscal, si procede, con el fin de que se actúe en derecho”.
Agustinos Recoletos (2015): "En los supuestos en que la acción penal sea de instancia privada, es decir, que solo los interesados o sus padres o tutores, puedan hacer la denuncia, tal como ocurre en algunos países, el Superior Mayor del religioso acusado manifestará con claridad a los interesados que es a ellos a quienes corresponde tomar la decisión de instar o no dicha acción penal, por medio de acusación o denuncia ante la autoridad judicial del Estado" (Los Superiores Mayores actuarán en relación a los abusos sexuales presuntamente cometidos por religiosos clérigos de nuestra Orden con menores de edad de acuerdo a la ley de cada país. En todo caso, deberán distinguir cuándo está frente a un delito canónico y cuándo frente a un delito de acuerdo a la ley secular o frente a ambos).
Hermanos de La Salle (2016): “Cuando desde cualquier obra educativa de La Salle se tenga sospecha o certeza sobre una situación de posible riesgo, maltrato o de abuso sexual sobre un menor o adolescente, esta situación se comunicará a la familia del alumno, a los servicios sociales de la zona, a la Inspección educativa y a las instancias previstas por la normativa autonómica en vigor.
Protocolo de la diócesis de Astorga (De 2018): "Nuestra obligación como diócesis es notificar los indicios detectados y la comunicación de los datos que nos han ofrecido. No es necesario tener la certeza de que el menor está siendo abusado". Este protocolo fue acogido por, al menos, otras cuatro diócesis más (Coria-Cáceres, Mérida-Badajoz, Plasencia y Sigüenza-Guadalajara)
Desde la Confederación Española de Religiosos (CONFER) explican que no han trasladado a las órdenes y congregaciones ninguna directriz o consigna para realizar dichas investigaciones y que si algunas lo están haciendo “es porque ven que es algo que hay que hacer”. El resto de órdenes consultadas no contestaron a la pregunta sobre si iban a realizar o tenían prevista una investigación interna sobre los casos de pederastia que han conocido o instruido en sus tribunales eclesiásticos en las últimas décadas.
En cuanto a la actualización de los protocolos que está llevando a cabo la comisión reservada de la Conferencia Episcopal Española, la CONFER ha matizado que la nueva norma estará destinada a las diócesis (existen 70 en España) y no para las congregaciones religiosas.
En caso de que se presente a la aprobación del Vaticano y este acepte el nuevo protocolo, según la CONFER, “entonces será de obligado cumplimiento para toda la Iglesia en España”. Según fuentes de la Conferencia de Religiosos, el proceso de la actualización de los protocolos está comenzando y ese asunto aún no se ha definido. “El que alcance o no a los religiosos depende de la vía que se adopte”, matiza dichas fuentes.
Continuos pedidos de perdón pero pocas acciones en concreto
Un problema, ocho Protocolos distintosConferencia Episcopal (2010): "La Autoridad eclesiástica invita o aconseja, en un primer momento, a los denunciantes a presentar ellos mismos la denuncia ante la policía, el ministerio fiscal o el juzgado de instrucción, conforme exige la ley en este tipo de delitos”.
Congregación para la Doctrina de la Fe (2011). “El abuso sexual de menores no es solo un delito canónico, sino también un crimen perseguido por la autoridad civil (...) Al recibir las denuncias de posibles casos de abuso sexual de menores, los obispos deberán asegurar que sean tratados según la disciplina canónica y civil respetando los derechos de todas las partes. Las líneas guía deben tener en cuenta la legislación del Estado en el que la conferencia episcopal se encuentra, en particular en lo que se refiere a la eventual obligación de dar aviso a las autoridades civiles”.
Compañía de Jesús (2011): “El provincial o su delegado, incluso por escrito, informa en todo caso a los denunciantes y a la familia de su derecho a denunciar ante las autoridades estatales e incluso los invita a hacerlo si los hechos denunciados son graves y mínimamente verosímiles Si la familia duda o se niega a dar ese paso por razones fundadas que busquen evitar más daño a la misma, el Provincial pedirá a la familia que le manifieste las razones por escrito. Si juzga que no existen razones, y la denuncia no se presenta, el Provincial o su delegado pondrá en conocimiento del fiscal competente los hechos de los que ha sido informado”.
Opus Dei (2013): “Si en las investigaciones preliminares se concluye que las acusaciones son verosímiles y que hay razones para pensar que se ha cometido un delito, el Vicario se cerciorará de que las acusaciones sean notificadas a las autoridades civiles”.
Claretianos: “Si del procedimiento se desprendiera la existencia de posibles infracciones, administrativas o penales, se pondrán en conocimiento de las autoridades competentes, especialmente en el segundo caso, en el del ministerio fiscal, si procede, con el fin de que se actúe en derecho”.
Agustinos Recoletos (2015): "En los supuestos en que la acción penal sea de instancia privada, es decir, que solo los interesados o sus padres o tutores, puedan hacer la denuncia, tal como ocurre en algunos países, el Superior Mayor del religioso acusado manifestará con claridad a los interesados que es a ellos a quienes corresponde tomar la decisión de instar o no dicha acción penal, por medio de acusación o denuncia ante la autoridad judicial del Estado" (Los Superiores Mayores actuarán en relación a los abusos sexuales presuntamente cometidos por religiosos clérigos de nuestra Orden con menores de edad de acuerdo a la ley de cada país. En todo caso, deberán distinguir cuándo está frente a un delito canónico y cuándo frente a un delito de acuerdo a la ley secular o frente a ambos).
Hermanos de La Salle (2016): “Cuando desde cualquier obra educativa de La Salle se tenga sospecha o certeza sobre una situación de posible riesgo, maltrato o de abuso sexual sobre un menor o adolescente, esta situación se comunicará a la familia del alumno, a los servicios sociales de la zona, a la Inspección educativa y a las instancias previstas por la normativa autonómica en vigor.
Protocolo de la diócesis de Astorga (De 2018): "Nuestra obligación como diócesis es notificar los indicios detectados y la comunicación de los datos que nos han ofrecido. No es necesario tener la certeza de que el menor está siendo abusado". Este protocolo fue acogido por, al menos, otras cuatro diócesis más (Coria-Cáceres, Mérida-Badajoz, Plasencia y Sigüenza-Guadalajara)
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